¿Cómo funcionan las licencias en bebés prematuros o fuera de fecha?

¿Cómo funcionan las licencias en bebés prematuros o fuera de fecha?

¿Cómo funcionan las licencias en bebés prematuros o fuera de fecha?

Si tu bebé es prematuro o nació fuera del rango de tiempo que estaba estimado por tu especialista, ¡entonces infórmate acerca de los tiempos de licencias pre y post natal!

Como te hemos contado, el prenatal como descanso comienza una vez entregada una licencia médica a partir de la semana 34 de gestación, o bien 6 semanas anteriores a la fecha de parto, si éste fuese programado.

Pero como no siempre es fácil predecir la fecha exacta, es normal preguntarse ¿qué pasa si mi bebé nace antes de lo programado? Si ya estás haciendo uso del prenatal, éste se dará por finalizado, dando inicio al post natal a partir del día 1 de nacimiento. Es decir, el día que nace tu bebé, finaliza tu prenatal y comienza tu post natal, el que tiene una duración de 84 días.

Conversamos con la abogada Veronica Vilches, especialista en derechos laborales maternales del Instagram @abogadosymapadres, sobre la posibilidad de extender el post natal para casos de nacimientos prematuros, y ella nos señaló que: “La Ley N°20.545 del año 2011 extendió el descanso post natal como consecuencia de nacimientos prematuros extremos, lo anterior ante ciertas circunstancias consagradas en la misma ley, las cuales son: 1) Que el parto tenga lugar antes de iniciada la semana 33 de gestación; o bien, 2) Que al nacer, el niño o niña, pese menos de 1.500 gramos”, señaló.

Si tú estás en alguno de los casos antes descritos, el post natal deberá ser extendido por una duración de 126 días, y no los 84 días como lo era antiguamente: “para que la licencia no tenga observaciones, el ginecólogo o matrona que la emita, debe consignar claramente y con detalle todas las circunstancias recientemente expuestas”, nos contó Verónica Vilches.

Finalmente: ¿Qué pasa si termina el prenatal y el bebé aún no nace?, es una alternativa que también puede ocurrir, y pasa muy seguido; y la respuesta es ¡sólo esperar! ¡Sí!, no debes hacer nada, sólo esperar el momento que tu bebé nazca, y cuando ello suceda, tu ginecólogo o matrona emitirá una licencia complementaria, la que tiene por fin regularizar aquellos días que quedaron entre el término del prenatal y el nacimiento del hijo o hija. Para esto, se requiere la cantidad exacta de días, por lo que no la puede emitir antes. Desde ahí correrá la licencia de post natal, la que en este caso se emitirá junto con la complementaria de prenatal.

 

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